domingo, 19 de octubre de 2014

Cinco años de la ley de Medios: ¿Qué festejamos?

Cinco años de la ley de Medios: ¿Qué festejamos?
VIERNES 10 DE OCTUBRE DE 2014 11:43
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Entrevista a los especialistas Damián Loreti y Luis Lozano, autores del libro "El derecho a comunicar". Un nuevo paradigma recorre América Latina. "Me parece que uno de los elementos centrales es reconocer el largo proceso que llevó a cabo el pueblo argentino para llegar a conseguir la Ley".

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Por Yael Crivisqui

El viernes 3 de octubre se presentó en la Escuela de Ciencias de la Información, perteneciente a la Universidad Nacional de Córdoba, el libro “El derecho a comunicar” de Damián Loreti y Luis Lozano. Ambos autores tienen larga trayectoria en materia de libertad de expresión y derecho a la comunicación. Loreti es uno de los co-autores de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, además de ser abogado por la Universidad de Buenos Aires (UBA) y doctor en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense de Madrid. También es secretario del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y ha sido uno de los 6 pre-candidatos a ser relator de Libertad de Expresión de la OEA.

Por su parte, Lozano es licenciado en Ciencias de la Comunicación (UBA). Trabajó como periodista en medios gráficos y digitales, también en la agencia de noticias Télam. Dirigió el área de Comunicación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y estuvo a cargo de la dirección de Prensa y Difusión de la Defensoría General de la Nación.

El libro

“El derecho a comunicar” es una herramienta indispensable, sobre todo para las nuevas generaciones, que permite contextualizar, reflexionar y echar claridad sobre la complejidad que envuelve algo tan esencial como lo es el derecho humano a la libertad de expresión.

APU: En el libro se puede apreciar que hay una toma de posición. ¿Desde qué lugar se escribió?


Damián Loreti: Efectivamente hay una tensión disciplinaria alrededor de la discusión del derecho a la comunicación y a la libertad de expresión. Nosotros tomamos partido por lo que se conoce como la doctrina del derecho internacional de derechos humanos en materia de libertad de expresión y derecho a la comunicación versus lo que se conoce como la teoría clásica. No lo hacemos de una y sin repreguntarnos. Lo que tratamos de hacer en el libro es, incluso, romper nuestra propia confortabilidad en decir que no estamos de acuerdo con la doctrina clásica por insuficiente, al no garantizar el derecho humano a la comunicación; pero también nos preguntamos si la propia doctrina internacional de derechos humanos en materia de libertad de expresión y derecho a la comunicación sostiene lo que nosotros esperamos como garantía al tensar esos documentos internacionales y las interpretaciones que los órganos internacionales de protección a los derechos humanos hacen sobre esto. Estamos bastante conformes con las conclusiones.

APU: También hablan sobre Internet. ¿Por qué no conviene regularla? Ya que una de las críticas que se le ha hecho a la ley de medios, por ejemplo, es que no revisaba o no hizo foco en las nuevas tecnologías de la comunicación.


DL: Dos cosas, la primera, aunque sea obvia, Fútbol para Todos no pasa vóley. La LSCA no refiere a otra cosa que no sea servicios de comunicación audiovisual. ¿Cuáles son las consecuencias de hacer una cosa u otra?  Cuando uno dice nuevos medios, yo no estoy de acuerdo en que una LSCA opere sobre Twitter, Facebook, Youtube, correo electrónico, Skype. Hay cosas que no son servicios de comunicación audiovisual, entonces la ley puso sus límites internos a aquello que era objeto de regulación. No todos los que son servicios audiovisuales van dentro de la regulación que está prevista del mismo modo que la regulación de la directiva europea del año 2007 bajo el paraguas de UNESCO, o sea, de producción de contenidos y servicios culturales educativos. La ley de cine no aplica sobre Youtube, porque son fenómenos diferentes.

No hay por qué estirar una ley previa que tiende a otra cosa hasta ese rango. Cuando se salió a proteger penalmente el correo electrónico es porque antes no estaba previsto; acá ocurre lo mismo, hay una definición de qué tipo de actividad está sujeta a regulación y promoción y es distinto a Aituch. No es lo mismo un canal universitario que Aituch y University, no es lo mismo el canal INCAA TV que Contenidos Digitales Argentinos. El modo de acceder a los contenidos, el modo de ofertarlos y la vocación de incidencia sobre la opinión pública genera que sean servicios distintos, no tienen por qué estar en una ley.

APU: ¿Existen experiencias en el mundo donde se regule internet?

DL: Ahora, en los lugares donde se han hecho leyes de comunicación donde se incluye internet y todos los mensajes que van dentro de un paquete digital... ¡están todos protestando! Quiero advertir eso, porque si no dicen que no regula internet y en el momento que se regulan los contenidos que van por las redes sociales siendo sujetos a una autoridad de aplicación, terminan todos a los gritos. ¡Cuidado con lo que se quiere, que a veces sale! (risas).


Cinco años de la ley de Medios

APU: El 10 de octubre se cumplen 5 años desde que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual fuera sancionada. ¿Qué balance pueden hacer al respecto?


DL: Uno de los temas que se ha pasado por alto es que se naturalizó la existencia de la ley. Me parece que uno de los elementos centrales es reconocer el largo proceso que llevó a cabo el pueblo argentino para llegar a conseguirla, después, está el modo en que se discutió el proyecto, luego el modo en que se sancionó, incluyendo los nombres de las personas que formaron parte de los debates, que están registrados al igual que las notas al derecho comparado. Es decir: no forman parte de una lista que aparece al costado del texto, están dentro.

Cambiar los paradigmas de la comunicación en términos de políticas públicas implica hacer más herramientas que una ley, se tardó casi un año para hacer el decreto reglamentario que tuvo también mucha participación. La ley luego estuvo suspendida de modo integral por resoluciones judiciales de Mendoza y Salta: la Corte dijo que no había precedentes históricos jurisprudenciales que autorizaran eso. Después empezó a rodar un sistema de engranaje paralelo para distintas cosas, algunas funcionaron rápido y bien como la instalación de las nuevas autoridades. Las minorías parlamentarias no quisieron integrarse en un principio hasta que salió el fallo de la Corte en relación al caso de Mendoza.

Otras cuestiones funcionaron un poquito más lento pero también dentro de un mecanismo celérico, como que fueron las radios escolares y las radios de los ministerios de Educación de las provincias; eso le cambió radicalmente la vida a las personas que están en localidades pequeñas y a los chicos que forman parte ello. Bastante más lento avanzó el tema de las emisoras provinciales, mucho más lento las universitarias. Se anunció un plan de concurso que está suspendido, que yo creo que es fundamental hacerlo, es lo que va a institucionalizar todo este proceso.

Y ha habido un crecimiento exponencial en la cantidad de producciones en todo el país vía la aplicación del artículo 153. Hay mucho hecho y queda muchísimo por hacer, se trata de cambiar un paradigma.


APU: ¿Usted cómo lo ve, Luis?

Luis Lozano: Comparto el diagnóstico que hacía Damián. Yo voy un paso más atrás: creo que la ley marcó un antes y un después en cuanto al debate sobre la posibilidad de incidir en políticas públicas de comunicación desde la sociedad civil y marcar un camino de participación para direccionar la intervención del Estado.

Básicamente el hito que marcó fue decir que el Estado no solamente puede sino que debe, está obligado a regular los temas vinculados con la comunicación para garantizar niveles mínimos de pluralismo y diversidad, garantizando así acceso al debate público en condiciones de equidad. Ello todavía estaba en disputa en la Argentina hasta el 29 de Octubre del año pasado, cuando finalmente se expidió la Corte Suprema. De hecho, constituyó la base de argumentación del Grupo Clarín, a la que le sumaban por supuesto los argumentos económicos vinculados a la eventual pérdida de mercado que venía asociada a la aplicación de la ley.

Eso creo que es uno de los grandes activos de la ley, que va más allá de su aplicación, del modo en que se traduce las políticas que se van consiguiendo en estos años.

APU: Hace unos días se logró, en Córdoba, que se incorpore a la grilla de Cablevisión la señal de noticias de la Universidad Nacional de Córdoba, Cba24n, después de una ardua batalla, ya que el Grupo Clarín se negaba a acatar el fallo que así lo requería. Así mismo, es una muestra cabal de que todavía hay quienes se niegan a cumplir con la ley de Medios…


Damián Loreti: Es la justificación de los mecanismos de limitación a la concentración de propiedad en los medios. El famoso caso Concat que los amigos del tribunal y en su momento la Cámara Federal Civil y Comercial, habían usado como argumento con una mala lectura del fallo. La ratio de la aplicación de las reglas antimonopólicas es exactamente lo que se vio en Córdoba: lo que se llama capacidad de bloqueo. Entonces, cuando uno tiene más del 35% del mercado y resuelve no pasar un contenido, lo que opera ahí es la capacidad de bloqueo para el conjunto de la sociedad que quiere ver ese determinado contenido.

Como la situación de titularidad de los servicios por suscripción son absolutamente distintos en términos de opciones a los que ofrece EE.UU., la regla argentina es un poco distinta a lo que existe hoy allá, donde hay 500 señales de cable, 4 empresas de satélite, televisión por IP y pleno desarrollo de la televisión digital terrestre. Entonces, los mecanismos para resolver los problemas de bloqueo, "gatekeeping" como técnicamente lo llaman ellos, es lo que se discutió acá. Casualmente o no, lo que se visibilizó en Córdoba es el mismo problema de la capacidad de bloque al acceso de contenidos.

Mientras tanto, en la región


APU: Saliendo de Argentina, y salvando las diferencias, ¿creen que ha habido un cambio de paradigma sobre el derecho a la comunicación en Latinoamérica?


Luis Lozano: Sí, está cambiando. Estamos viviendo un proceso, para los que seguimos estos temas, apasionante. Un proceso que en primer lugar puso en crisis y destrozó a la teoría clásica de la libertad de expresión, es decir, el paradigma liberal clásico que enarbolaron las grandes corporaciones de medios del continente durante toda la década del 90. Como reacción a eso ahora vemos modelos totalmente distintos y opciones que toman los distintos Estados en América Latina.

Por supuesto, no se puede meter a todos en la misma bolsa, ya que toman características realmente diferentes. Así mismo van, entre todos, aportando a un nuevo paradigma que está en construcción y que lo único que tiene como rasgo en común es tratar de reponer un rol del Estado que busca garantizar estos mínimos de equidad, de pluralidad y diversidad.

Después, los modos en que eso se busque, los modos en cómo se realice, se traduce en las leyes particulares de cada uno de los países. Nosotros tenemos opiniones distintas, si nos ponemos a evaluar cada una de las leyes o incluso las reformas constitucionales en los términos referidos al derecho a la comunicación. Pero claramente hay en América Latina una búsqueda en torno a este tema derivada de la híperconcentración de los medios que se consolidó durante la década anterior.

Damián Loreti: América Latina noes la zona más empobrecida del mundo, pero sí es la zona con mayor diferencia entre ricos y pobres. El sistema de medios representaba eso. Hay efectivamente un cambio de paradigma a nivel académico, organizaciones sociales, sindicales, organizaciones de derechos humanos. No todos los Estados entraron en este cambio de paradigma, pero sí, además, hay un cambio de agenda en una sintonía ancha, digamos, por parte de los estándares del sistema interamericano de los derechos humanos. Digo en sintonía ancha porque hay algunas cosas que los estándares de libertad de expresión del sistema interamericano ya han cuestionado y acaba de salir un fallo de la Corte Constitucional de El Salvador que dice que es inconstitucional, por violar la convención americana de derechos humanos, que las frecuencias de la radiodifusión se entreguen por subasta, es decir, que la razón para hacer radiodifusión sea cuanta plata tengo. Esto tiene que ver con un cambio de paradigma dentro de una sintonía ancha, porque no todos los países funcionan igual.

APU: ¿Ese cambio lo notan en la universidad, entre los estudiantes?


Damián Loreti: El grueso de los estudiantes tenía claro este tema del derecho a la comunicación, particularmente porque en las carreras de comunicación de toda América Latina, salvo excepciones, se dan materias específicas. Lo que notamos con las nuevas generaciones es una suerte de naturalización de este debate como si ya estuviera todo cerrado y claro, como si siempre hubiera sido así. Entonces, a mis estudiantes les insisto en que vayan a otra facultad, que no sea de ciencias sociales, periodismo o comunicación, donde la vieja escuela, por llamarlo de algún modo, sigue siendo mayoritaria.

Lo que ha venido a saldar la Corte el año pasado es que las dos teorías ahora estén arriba del ring. La Corte tomó una posición a favor de los estándares de la libertad de expresión más en sentido de los derechos humanos que de la teoría clásica. Antes, la teoría de las organizaciones de derechos humanos no estaba ni siquiera puesta en debate, decían que era un invento y que era restrictiva de la libertad de expresión. Lo que hay ahora es una equiparación, si cabe, o una declaración de mayoría de edad de las teorías críticas de la teoría clásica.

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